Litigación estratégica en materia medio ambiental

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Litigación estratégica en materia medio ambiental

Según Leonardo Moreno Holman la teoría del caso está constituida por el conjunto de actividades estratégicas que debe desarrollar un litigante frente a un caso, que le permitirán determinar la versión de hechos que sostendrá ante el Tribunal, y la manera más eficiente y eficaz de presentar persuasivamente, las argumentaciones y evidencias que la acreditan en un juicio oral.

Si bien es cierto, este concepto se asocia preferentemente a los juicios penales, cada vez que enfrentamos el desafío del ejercicio de una acción jurídica o una defensa, debemos desarrollar la actividad requerida para asegurar el éxito de la acción. La teoría del caso es el primer paso de un proceso más complejo: la litigación estratégica.

La litigación estratégica ambiental, en Chile, la puedo conceptualizar como es el uso de acciones judiciales, materiales, sociales y administrativas destinadas a: a) lograr cambios en las políticas públicas; b) generar medidas preventivas para la protección de ecosistemas y los derechos de las comunidades; c) ejercer acciones judiciales o administrativas para impedir acciones lesivas al medio ambiente.

Se requiere una litigación estratégica por cuanto en estas materias y, especialmente, en lo relativo al ejercicio de acciones destinadas a impedir un daño o lesión al medio ambiente, intervienen diversas instituciones: a) Tribunales Ambientales, b) el Consejo de Defensa del Estado, c) Órganos pertenecientes al Poder Ejecutivo, a la administración del Estado, d) la Contraloría General de la República; así como también existen diversas acciones que pueden ser útiles, necesaria so ineludibles para la consecución del objetivo, tales como: a) Acciones Constitucionales de protección o de amparo económico; b) acciones constitucionales ante el tribunal Constitucional; c) acciones o demandas, reclamaciones y solicitud de sanciones en sede ambiental; d) reclamos de legalidad ante diversos órganos de la administración; e) acciones penales.

Como se puede apreciar, la litigación ambiental exige un conocimiento multidisciplinario dentro del derecho y en el ámbito científico; también experiencia y conocimiento del sistema; relaciones en el medio social; pero exige, por sobre todas las cosas una cooperación decidida, real, franca y fluida entre quienes están en condiciones de aportar sus conocimientos y experiencias en esta tarea: no es una tarea simple, pero si hermosa y trascendente.

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