Establece, además, un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude.
El pasado 02 de diciembre ingreso a la Cámara de Diputados el proyecto de ley, boletín N° 13.931-03, que garantiza el derecho a retracto a los consumidores de comercio electrónico.
El proyecto de ley modifica el artículo 17 I de la Ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, estableciendo el derecho a poner término anticipado a las suscripciones contratadas a través de los sistemas operativos móviles o libremente a través de internet, y cuyos pagos se efectúan con cargo a productos o servicios financieros en los términos de la Ley N° 20.009.
Además, incorpora un nuevo inciso final en el artículo 3 de la Ley N° 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude, en virtud del cual dispone que el emisor será responsable cuando no diere cumplimiento a la orden de cese de pago solicitada por el respectivo titular en ejercicio de su derecho de retracto.