La ley N° 21.094 establece un plazo de 3 años desde su entrada en vigencia para que las universidades propongan la adecuación de los estatutos.
El 04 de junio se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.346, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, con el fin de prorrogar el plazo establecido para proponer al Presidente de la República la modificación de sus respectivos estatutos, debido a la pandemia por covid-19.
Cabe tener presente que el inciso primero del artículo primero transitorio de la ley N° 21.094 dispone que para efectos adecuar los actuales estatutos de las universidades del Estado, dichas instituciones deberán proponer al Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Educación, la modificación de sus respectivos estatutos dentro del plazo de tres años, contado desde la entrada en vigencia de la ley N° 21.094.
En ese sentido, la ley N° 21.346 prorroga el plazo para presentar las modificaciones a los estatutos a 4 años.