Así, se rectifican los efectos negativos que generó la ley 21.420 en los sectores mineros y de construcción.
Este 26 de julio el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.462 del Ministerio de Hacienda, que modifica la Ley Nº 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica.
Con esto, se corrigen ciertas disposiciones aprobadas recientemente en el marco del financiamiento de la Pensión Garantizada Universal, especialmente se rectifican los efectos negativos que generó en la minería y la construcción.
Así, esta nueva legislación corrige la vigencia de la eliminación del crédito fiscal IVA al cual pueden acceder los adquirentes, habituales en la compraventa de inmuebles por aquella parte del IVA que las empresas constructoras puedan recuperar con ocasión del Crédito Especial para Empresas Constructoras (CEEC).
Por otro lado, modifica el valor de la patente reducida de las pertinencias mineras. La ley 21.420 dice que la patente corresponde a tres décimos de 1 UTM por hectárea completa que comprenda la pertenencia, y se cambia a un décimo de 1 UTM.
Además, este cambio hace que la entrada en vigencia de la ley sea igual para todos los tipos de instituciones, luego de que algunas como Bomberos o la Cruz Roja no estaban contempladas. Así todas podrán hacer uso del beneficio desde el 1 de enero de 2025. También se incluye a las viviendas sociales que no estaban consignadas.
Por último, faculta que las operaciones que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, puedan acceder al beneficio del CEEC con tasa de 0,325%, en las mismas condiciones a las que acceden proyectos con contratos generales de viviendas destinadas a habitación.