En el dictamen consideró las consultas específicas sobre casos prácticos levantados por los usuarios durante el periodo inicial de implementación como la contratación en hospitales, municipios y corporaciones.
La nueva ley permite exceptuar a los proyectos habitacionales que contarán con un avance antes de la entrada en vigor de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria de las exigencias referidas a la cantidad de estacionamientos y limitaciones a unidades habitacionales.
La controversia sobre quien debe costear la conexión a los sistemas públicos de recolección de aguas servidas, poseen un mecanismo contencioso especial.
Existió una modificación de la naturaleza de la sanción originalmente impuesta, desde una de multa a una de privación temporal de la subvención en contravención al principio de non reformatio in peius.
No existe en nuestro ordenamiento jurídico la institución del “decaimiento del procedimiento administrativo”, pues no está contemplada ni en la Ley 19.880 ni en ninguna otra disposición legal.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.