La DT en dictamen N° 747/39 analizó el acuerdo marco suscrito entre CTC. AGEMA y CODELCO precisando su naturaleza jurídica y sus efectos en la libertad sindical.
La CMF informó que, tras concluir el procedimiento iniciado en abril, su Consejo sancionó a exdirectores y al exgerente general de Sartor AGF con 367.500 UF en total, inhabilidades por cinco años y la revocación de la autorización de existencia, por infracciones a la Ley Única de Fondos y a la Ley 18.045.
La Tercera Sala rechaza el recurso de casación de la Municipalidad de Puerto Montt y mantiene la invalidación de la ordenanza local sobre humedales urbanos, precisando que solo pueden regularse aquellos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente conforme a la Ley 21.202.
Recurso de protección destitución licencia médica 2025: la Corte de Apelaciones de Valdivia deja sin efecto la destitución de una funcionaria de salud municipal por viajar al extranjero durante reposo psiquiátrico y fija límites a la aplicación del principio de probidad en sumarios administrativos.
El Boletín N° 17.964-07, ingresado el 18 de noviembre al Senado, propone restituir la exigencia de residencia regional por dos años para quienes aspiren a un escaño en la Cámara Alta.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección Rol 16946-2025 y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación recalificar una solicitud de posesión efectiva, por haber aplicado criterios de filiación ya derogados y discriminatorios al negar derechos hereditarios colaterales.
La Dirección Ejecutiva del SEA otorgó la RCA favorable al proyecto HVDC Kimal – Lo Aguirre tras revisar el EIA, sus Adendas y el ICE del 5 de noviembre de 2025, incorporando exigencias adicionales en arqueología, paleontología, vegetación, fauna y aguas que deberán cumplirse antes del inicio de obras.
Se acogió el reclamo y anuló la sanción impuesta por la Superintendencia de Educación, al establecer que la suspensión aplicada al estudiante operó como medida cautelar bajo Aula Segura.
Se confirmó que la invalidación administrativa fue ajustada a derecho y sostuvo que las gestiones invocadas por la titular no eran aptas para acreditar el inicio del proyecto.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.