23-04-2024
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Autorización de capitalización del Banco Estado de Chile

Dicha autorización, consiste en efectuar hasta el 31 de diciembre de 2025 aportes extraordinarios de capital al Banco por un monto total de hasta US $1.500 millones.

El 21 de octubre, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.384, que Autoriza la Capitalización del Banco del Estado de Chile con el objeto de cumplir con las exigencias de Basilea III.

En dicha ley, se establece que en el caso de que el Banco del Estado de Chile, informase a la Comisión para el Mercado Financiero, que se dejó de cumplir alguno de los requerimientos patrimoniales que le sean aplicables o que la Comisión tome conocimiento de dicha circunstancia y se la comunique al Banco, el Fisco, dentro de tres meses contados desde la respectiva comunicación y previa solicitud del Banco e informe fundado y favorable de la Comisión que dé cuenta de la ocurrencia de lo ya descrito, deberá transferir capital al Banco por un monto equivalente al monto de los activos por impuestos diferidos generados por dicho Banco, conforme a los últimos estados financieros auditados.

Para ello, la ley autoriza al Ministro de Hacienda, para que efectué la transferencia de capital al Banco, dichas transferencias serán financiadas con cargo a activos disponibles en el Tesoro Público, dentro de los cuales se incluyen los recursos provenientes del Fondo de Estabilización Económica y Social.

Por otra parte, la ley obliga al Banco a enviar de manera trimestral al Ministerio de Hacienda, un informe sobre su nivel de cumplimiento de los requisitos patrimoniales aplicables a dicha institución, incluyendo una proyección de cumplimiento de tales requerimientos para los 12 meses siguientes a la emisión del informe y el monto de los activos por impuestos diferidos generados en el trimestre respectivo.

Finalmente, la ley también autoriza al Ministro de Hacienda para que efectué hasta el 31 de diciembre de 2025 aportes extraordinarios de capital al Banco por un monto total de hasta mil quinientos millones de dólares, moneda de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, con el objeto de dar cumplimiento a las exigencias de capital regulatorio establecidas por la legislación bancaria.

Ley N° 21.384

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