29-04-2024
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Consejo Constitucional aprueba la libertad de elección en salud y la creación de un plan básico universal

El pleno del Consejo Constitucional aprobó la norma que consagra la libertad de elección en salud, la cual sostiene que es el deber preferente del Estado garantizar -para todas las personas- la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales y privadas. Asimismo, se aprobó la creación de un plan básico universal en esta materia, el cual no discriminará por edad, sexo o preexistencia médica.

Durante toda su historia, el sistema de salud chileno ha enfrentado una serie de desafíos significativos, que han generado preocupación en la sociedad y han impulsado discusiones en torno a la necesidad de reformas estructurales.

A lo largo de las décadas, diversas problemáticas han provocado brechas en la salud chilena; desde la desigualdad en el acceso, hasta los altos costos de la atención médica y la fragmentación del sistema.

Con el fin de resolver parte de estas problemáticas y retomando la discusión del Capítulo II sobre “derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales”, el pleno del Consejo Constitucional aprobó -por 33 votos a favor y 17 en contra- la norma que consagra la libertad en salud para todas las personas.

“Es deber preferente del Estado garantizar para todas las personas la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales y privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado”, dice la norma.

Debido a la existencia de un sistema público y privado de salud, el servicio sanitario está cada vez más lejos de ser igualitario, ya que se ha generado un abismo entre la calidad y la disponibilidad de las distintas atenciones.

En ese sentido, también se aprobó la creación de un plan básico universal en salud -impulsado por la Comisión Experta- sin discriminaciones por edad, sexo o preexistencia médica, el cual deberá ser ofrecido por institucionales privadas y públicas.

El ex ministro de Salud y presidente del Instituto de Políticas Públicas en Salud de la Universidad San Sebastián, Enrique Paris, valoró la aprobación de la enmienda que otorga libertad a los pacientes para escoger tanto al prestador, como al asegurador.

“Es evidente que esto no va solo, va unido a algo muy importante, que es el plan de salud universal. Este fue un proyecto que enviamos durante el gobierno pasado y creo que es fundamental para que todos tengamos una línea base de atención para nuestras patologías”, aseguró el experto.

Por otro lado, el decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Autónoma, Luis Castillo, sostuvo que el Consejo Constitucional ha hecho eco de la opinión mayoritaria de los chilenos respecto a las reformas que deben aplicarse al servicio sanitario.

“Finalmente se ha aprobado -por mayoría- la realización de un plan universal de salud semejante para todas las personas. La libertad de elección sumado al plan universal, es un anhelo largamente buscado por la gran mayoría de los chilenos”, afirmó el doctor Castillo.

Las personas de ingresos más bajos a menudo dependen del sistema público, el cual enfrenta desafíos como largas listas de espera y carencias en la calidad de la atención.

De hecho, expertos aseguran que al tener -Chile- un sistema de salud fragmentado, resaltan las dificultades para entregar una atención médica integral y equitativa para todos los ciudadanos. Situación que buscan revertir los consejeros y expertos, a través de la nueva propuesta de Carta Fundamental.

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