20-04-2024
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Contraloría se abstuvo de emitir pronunciamiento, toda vez que ello implicaría incidir en la autonomía de la Convención Constitucional

La Subsecretaría de Estado debe limitarse al estricto cumplimiento de la labor encomendada.

El pasado 02 de noviembre mediante el dictamen N° E152163N21 por medio del cual la Contraloría General de la República se abstuvo de emitir pronunciamiento.

La Subsecretaría General de la Presidencia se dirigió a la Contraloría General de la República requiriendo a dicho órgano que precise la procedencia de disponer la retribución al convencional constituyente que se indica, ante lo que califica como un vacío normativo que debe suplirse mediante analogía.

Sin embargo, haciendo un análisis de las normas jurídicas que regulan la materia sostuvo que no le correspondía realizar una interpretación de las normas para efectos de suplir el vacío normativo, ya que, implicaría incidir en la autonomía que el ordenamiento le reconoce a la Convención Constitucional.

De acuerdo con lo anterior, el hecho que la Secretaría de Estado haya sido designada como la encargada de prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero, y que la ley de presupuestos haya consultado circunstancialmente esos recursos en la partida de dicha entidad, no implica que se encuentre habilitada para afectar la autonomía de la Convención Constitucional, debiendo limitarse a dar estricto cumplimiento a la labor encomendada.

Dictamen N° E152163N21

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