17-02-2025
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Corte de Apelaciones de Santiago confirma exclusión de interno del beneficio de reducción de condena

La decisión cuenta con la debida fundamentación y no constituye un acto arbitrario ni ilegal.

El 25 de enero, la Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa rol N° 222-2024, rechazó el recurso de amparo interpuesto contra la Comisión de Reducción de Condena

Cabe tener presente que se interpuso un recurso de amparo por parte del Defensor Penal Público Penitenciario en representación de un interno del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur en contra de la Comisión de Reducción de Condena, por el acto que considera ilegal consistente excluirlo del beneficio de reducción de condena permitida por la Ley N° 19.856, al aplicar una ley posterior (Ley N° 21.421), solicitando que se deje sin efecto dicha resolución y se reemplace por una que acoja el beneficio solicitado.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso interpuesto, toda vez que la Corte consideró que la Comisión, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, decidió excluir al amparado de la última etapa calificatoria en aplicación de la nueva redacción del artículo 17 letra e) de la Ley N° 19.856, modificado por la Ley N° 21.421, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal.

Por lo tanto, concuerda con lo razonado por la Comisión de Reducción de Condena, en cuanto la norma aplicada rige in actum, para todos aquellos condenados que al momento de la dictación de la ley modificatoria no hubieren cumplido los requisitos para solicitar el respectivo decreto al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es decir, con independencia de si fueron postulados o no, con anterioridad a la publicación de la ley, el 9 de febrero de 2022.

Corte de Apelaciones Santiago

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