Debe adoptar las medidas necesarias dentro de los recintos penales, a fin de disminuir el hacinamiento y resguardar la vida, salud, seguridad y dignidad de los internos.
El 29 de mayo la Corte de Apelaciones de Antofagasta en causa rol N° 269-2025 acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, solo en cuanto, se ordena a la autoridad penitenciaria agilizar las gestiones señaladas en sus informes y mantener el estándar de custodia, diligencia y cuidado, velando por el respeto a las garantías fundamentales de los internos del pabellón N° 7, debiendo adoptar en especial, las siguientes medidas: En primer lugar, instruye lo necesario para generar acceso a la atención de salud de los internos, mejorando la comunicación con el Servicio de Salud respectivo para las prestaciones médicas urgentes, y gestionar la permanencia de un profesional de la salud permanente en la unidad penal. En segundo lugar, representa a la autoridad administrativa la necesidad de mejoramiento de las dependencias carcelarias, a fin de que se elimine el hacinamiento que les afecta, efectuando una propuesta concreta al respecto. En tercer lugar, requiere a quien le corresponda proveer la alimentación de los internos, para que efectúe un análisis nutricional de las raciones alimentarias, y disponer una alimentación adecuada. Finalmente adoptar las medidas necesarias dentro de los recintos penales, a fin de disminuir el hacinamiento y resguardar la vida, salud, seguridad y dignidad de los internos.
El recurso de amparo se interpuso en contra de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, por las condiciones de habitabilidad en que se encuentran los internos del Centro Penitenciario de Calama. Se indica que con fecha 9 de abril de 2025 se interpuso un reclamo en el que expuso una serie de deficiencias en las condiciones de reclusión que afectan a aproximadamente 190 internos, entre las cuales se destacan la falta de agua, hacinamiento extremo, insuficiencia alimentaria, malas condiciones higiénicas, falta de acceso a baño durante la noche y la ausencia de espacio recreativo, entre otras. Asimismo, los internos manifestaron su temor a represalias por su estatus de extranjeros
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de amparo en los términos indicados anteriormente, reiterando que es un derecho que la privación de libertad que actualmente aqueja a los amparados debe ejecutarse sobre la base de condiciones mínimas de espacio y salubridad, condiciones que, en la especie no se logra de manera adecuada, asegurando las condiciones necesarias de dignidad y salubridad.
Asimismo indica que la autoridad penitenciaria, en su calidad de garante, debe ejecutar las acciones necesarias para evitar la vulneración de las garantías alegadas por los recurrentes, pero siempre dentro del ámbito de sus facultades, con los recursos de que pueda disponer, y considerando además las condiciones de resguardo y seguridad para la población penal y los ciudadanos en general.