25-04-2024
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Corte declaró insuficiente Plan de seguimiento y Control para cautelar la no contaminación de las aguas

Acogió recurso de casación en el fondo, declarando nula la sentencia de 27 de enero de 2021, dictando una en su reemplazo.

El 29 de mayo la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa Rol N° 22.343-2021 acogió el recurso de casación en el fondo deducido por el reclamante en contra de la sentencia de 27 de enero de 2021, por consiguiente en nula, y reemplazada, por una nueva, la que acogió la reclamación interpuesta y se decide que debe analizarse si las medidas contempladas en el PsyCI efectivamente son adecuadas en relación al plan de acción previsto en casos de constatación de un alza de los parámetros sulfato que excedan el máximo permitido por la normativa, contemplándose además un plan de acción inmediata en caso de que ello suceda.

En primera instancia se rechazó la acción deducida en contra de la Resolución Exenta N° 0056, de 17 de enero de 2019 del Comité de Ministros que, a su turno, rechazó la reclamación administrativa que impugnaba la Resolución Exenta N° 204, de 8 de mayo de 2015 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana que decidió revisar, conforme al artículo 25 quinques de la Ley N° 19.300 la Resolución Exenta N° 275-B de 4 de marzo de 1994, que aprobó el proyecto “Sistema de Disposición de Relaves a Largo Plazo: Proyecto Embalse Ovejería” (RCA N° 275-B), cuyo titular es la Corporación Nacional del Cobre División Andina (Codelco), aprobando el plan de acción propuesto por el titular que contiene una serie de medidas para corregir las situaciones que generaron la revisión de la mencionada RCA. En contra de esa decisión, la parte reclamante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia mencionada.

El reclamante refiere que la sentencia ha vulnerado la normativa ambiental – artículos 19 N° 8 de la Constitución Política de la República, en relación al artículo 25 quinquies de la Ley N° 19.300 y los artículos 18, 74, 97, 98, 99 y 100 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la que estima erróneamente aplicada, debido a la insuficiencia del PSyCI presentado por CODELCO para hacer frente al avance de aguas de proceso provenientes del tranque de relave vinculado al proyecto aprobado por RCA N° 275-B de 4 de marzo de 1994.

La Corte Suprema consideró que el Plan de Seguimiento y Control de Infiltraciones (PSyCI), aprobado para el Proyecto, ha resultado insuficiente para cautelar la protección del medio ambiente y los derechos del reclamante, lo que determina que ha existido una infracción a la normativa citada. Por cuanto pudo constatarse, que durante 9 de los 12 meses monitoreados en el año 2018, en el punto de control “Punta Peuco”, existió un alza del parámetro sulfato excediendo el máximo de 119mg/l contenido en la NCh409.

Por tanto, el el PSyCI aprobado para el Proyecto ha sido insuficiente para cautelar la no contaminación de las aguas del actor, desde que pese a los controles comprometidos, pudo apreciarse que en 9 meses del año 2018 se superaron los parámetros permitidos por la normativa, excediendo del 12% del máximo permitido.

Corte Suprema Rol N° 22.343-2021. Sentencia Casación

Corte Suprema Rol N° 22.343-2021. Sentencia reemplazo

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