19-05-2024
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Corte dejó sin efecto medida de expulsión, debiendo la autoridad migratoria estudiar nuevamente la solicitud de regularización extraordinaria conforme a los nuevos antecedentes

El amparado tiene arraigo familiar, laboral y social en el territorio nacional, lo que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y laboral.

El pasado 12 de octubre la Cuarta Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 231.983-2023 revocó la sentencia apelada dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió el recurso de amparo interpuesto a favor del ciudadano colombiano, dejando sin efecto el acto administrativo impugnado, por lo que la autoridad deberá estudiar nuevamente la solicitud de regularización extraordinaria conforme a los nuevos antecedentes.

Cabe tener presente que ante la Corte de Apelaciones de Santiago se interpuso un recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la resolución exenta N° 23347032, mediante la cual se obliga al recurrente hacer abandono del país, lo cual considera un acto ilegal y arbitrario, lo cual afecta la libertad personal del amparado.

Señaló que el amparado es originario de Colombia, huyó de su país hace 7 años hacia Chile, en búsqueda de mejorar su situación económica. Es así como ingresó a Chile, por paso habilitado, el día 25 de agosto del año 2016, en calidad de turista, habiendo ingreso por paso habilitado Chacalluta, según consta de tarjeta migratoria acompañada en un otrosí de esta presentación. Posteriormente, en el año 2021, y habiendo sido titular de refugio, ingresó su solicitud de regularización migratoria y conforme, al artículo 8 transitorio de la nueva Ley de Migraciones Número 21.325, tuvo que, desistirse de cualquier procedimiento anterior o trámite que, se encontrara pendiente en materia migratoria.  Señaló que, durante este año, recibió una notificación previo rechazo de su solicitud de regularización migratoria, donde se señala: Registrar antecedentes negativos en su país de origen. Sin embargo, dicha condena fue cumplida hace 25 años según indicó. Sin perjuicio de ello, los descargos no fueron acogidos, y en septiembre de este año, se emitió la resolución impugnada que rechazó su solicitud de regularización migratoria. Señalando que, debe hacer abandono del país dentro del plazo de 5 días.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo, haciendo presente que la resolución en cuestión resolvió como lo hizo por no cumplir con los requisitos legales, en particular, por registrar antecedentes penales, por lo que no era posible regularizar su situación migratoria en el país a través del proceso de regularización extraordinario.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la revocó y acogió el recurso en los términos ya planteados anteriormente, señalando que él amparado fue condenado en Colombia por el delito en el año 1998, y que el 10 de diciembre de 1999 se declaró la extinción de la pena. Además, quedo demostrado que él amparado tiene arraigo familiar y laboral, y vive desde hace aproximadamente seis años en Chile, sin que registre, desde la condena del año 1999, otro tipo de antecedente penal.

Corte Suprema Rol N° 231.983-2023

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