28-04-2024
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Corte ordenó a Fonasa realizar las gestiones pertinentes para el financiamiento, adquisición y suministro del fármaco denominado “Trikafta”

Mientras así le sea prescrito por su médico tratante, a fin de que inicie en el más breve tiempo el tratamiento que tiene ordenado.

El 11 de diciembre la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 245.200-2023 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió la acción de protección, disponiendo que el Fondo Nacional de Salud deberá realizar las gestiones pertinentes para el financiamiento, adquisición y suministro del fármaco denominado “Trikafta”, mientras así le sea prescrito por su médico tratante, a fin de que inicie en el más breve tiempo el tratamiento que tiene ordenado.

Cabe tener presente que una madre interpuso una acción constitucional de protección en representación de su hijo en contra del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) con motivo de su negativa de suministrar al recurrente el medicamento que le fue prescrito para el tratamiento de la enfermedad que padece. Indicó que su hijo tiene 2 años y padece de una variante genética de la enfermedad Fibrosis Quística, en grado severo, que se caracteriza por ser una enfermedad autosómica y recesiva de deterioro progresivo y letal.

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió la acción, haciendo presente que si bien es cierto que las consideraciones de orden administrativo y económico constituyen un factor a considerar por la autoridad pública al adoptar una decisión, no lo es menos que ellas no debieran invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida y a la integridad física o psíquica de una persona, consagrados en la norma constitucional, que prevalece respecto de los distintos cuerpos normativos citados por la recurrida.

Añadió que el hecho que el medicamento no cuente con el registro sanitario del Instituto de Salud Pública y no se encuentra en la canasta GES de Alto Costo, no es un argumento para negar la cobertura respectiva, más aún cuando este medicamento fue aprobado por la FDA.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema, la confirmó.

Corte Suprema Rol N° 245.200-2023

Corte de Apelaciones de San Miguel Rol N° 3092-2023

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