25-04-2024
HomeJurisprudenciaDirectores de filial de ENAER podrán percibir dieta, según dictaminó Contraloría

Directores de filial de ENAER podrán percibir dieta, según dictaminó Contraloría

No obstante, la Dirección de Presupuesto recomendó a ENAER que directores de filiales no reciban remuneración.

El pasado 22 de febrero, la Contraloría General de la República dictaminó que sí es posible que los directores de la empresa Desarrollo de Tecnologías y Sistemas SpA (DTS), sociedad filial de la Empresa Nacional de Aeronáutica (ENAER), quienes a su vez son contratados por ENAER bajo las normas del Código del Trabajo, puedan percibir dieta.

El órgano de control argumentó su decisión señalando que ni la ley orgánica de ENAER ni los contratos de trabajo que rigen a los trabajadores prevén que estos deban integrar directorios de sociedades relacionadas en razón de su cargo. Y tampoco les resultaría aplicable la prohibición prevista en las últimas leyes de presupuestos de sector público de percibir dieta por el hecho de integrar ese tipo de cuerpos colegiados.

No obstante lo anterior, la Contraloría hace mención a lo señalado en el informe requerido a la Dirección de Presupuesto, respecto al cuidado de los gastos que realicen las empresas del Estado, resguardando los recursos públicos. El informe dice que “se recomienda a ENAER, como una buena práctica a implementar, que las personas nombradas en calidad de directores en sus filiales y que, a su vez se desempeñan como ejecutivos de ENAER matriz, no perciban remuneración alguna por su desempeño”.

Además, la CGR indica en su dictamen que la dieta que puedan recibir los servidores de ENAER que integren, a su vez, el directorio de la empresa DTS, podrán hacerlo en la medida que se verifiquen los siguientes supuestos:

  • que la referida participación no se encuentre dentro de las funciones inherentes al cargo del respectivo servidor en la empresa estatal
  • ni que el correspondiente contrato de trabajo haya establecido o se desprenda de su tenor que aquel deba integrar directorios en razón de las labores contratadas.

Estas condiciones deberán ser observadas por la junta ordinaria de accionistas de DTS para determinar la procedencia de que sus directores reciban la dieta por la que se consulta.

CGR E187634N22

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación