01-05-2024
HomeJurisprudenciaFonasa deberá realizar las gestiones pertinentes para adquirir y suministrar el fármaco, mientras esté prescrito por el médico respectivo

Fonasa deberá realizar las gestiones pertinentes para adquirir y suministrar el fármaco, mientras esté prescrito por el médico respectivo

Corte Suprema confirmó sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca.

El pasado 08 de febrero la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 13.209-2023 confirmó la sentencia apelada de 24 de enero de 2023 dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, la que, acogió la acción de protección interpuesto en favor de la menor de edad de iniciales M.A.A.P, en contra de FONASA, quien deberá realizar las gestiones pertinentes para la adquisición  y suministro del fármaco identificado como Trikafta, mientras así sea prescrito por la médico respectivo, con el objeto de que se inicie en el más breve tiempo el tratamiento de la parte recurrente con este medicamento.

Ante la Corte de Apelaciones de Talca se interpuso una acción de protección en representación de un menor de edad en contra de FONASA, por el acto ilegal y arbitrario o consistente la negativa a otorgar cobertura al tratamiento médico requerido por la parte recurrente, afectando con ello las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 1 y N°2 de la Constitución Política de la República.

La Corte de Apelaciones de Talca acogió la acción interpuesta, considerando que la negativa de la recurrida de proporcionar un medicamento indispensable para la sobrevida e integridad física del niño en favor de quien se recurre, sobre la base de consideraciones de índole administrativas y económicas, es un acto arbitrario que amenaza un derecho fundamental, puesto que el afectado no se encuentra en condiciones de comprarlo. A su vez, la decisión de FONASA no permite el acceso de aquel fármaco, único y exclusivo para el tratamiento de la patología que sufre el menor. En base a ello, la Corte consideró que deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar el pleno ejercicio del derecho vulnerado.

Apelada la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, la Corte Suprema se limitó a confirmarla.

Corte Suprema. Rol N° 13.209-2023

Corte de Apelaciones de Talca. Rol N° 12.730-2022

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación