Tiene por objeto facilitar que los órganos del Estado y las entidades privadas, cuando corresponda, gestionen y compartan sus datos e información, a lo largo de todo su ciclo de vida.
El 10 de junio ingresó al Senado el Boletín N° 17590-05, que crea el Sistema Nacional de Gestión de Datos, y modifica los cuerpos legales que indica.
El presente proyecto de ley tiene por objeto facilitar que los órganos del Estado y las entidades privadas, cuando corresponda, gestionen y compartan sus datos e información, a lo largo de todo su ciclo de vida.
Así, crea una nueva estructura de gobernanza que comprende a los órganos de la Administración del Estado, el Poder Judicial, el Congreso Nacional, los órganos autónomos constitucionales y entidades privadas que se integren voluntariamente al Sistema. Se regula el estricto cumplimiento de los deberes generales establecidos en este proyecto de ley, como compartir datos y metadatos con otros órganos del Estado, cuando corresponda, e interoperar, y asegurar la fiabilidad y calidad de los datos e información en su poder. Este título dispone que los integrantes del Sistema deberán cumplir los estándares y directrices que establezca la autoridad técnica, por ejemplo, respecto de dominios de información relevantes, calidad de los datos, interoperabilidad e integración de datos e información. Finalmente, establece los habilitantes legales para crear espacios de datos sectoriales, desarrollar y operar una infraestructura integrada de datos y reemplazar los convenios para compartir datos por un sistema simplificado de términos y condiciones.
Además, establece dos obligaciones para entidades privadas, formen o no parte del Sistema. En primer lugar, prescribe que cuando estas entidades tengan la obligación de compartir y/o interoperar datos e información con órganos del Estado, deben hacerlo en la forma establecida en esta ley. En segundo lugar, obliga a los proveedores de un determinado bien o servicio a compartir con la entidad contratante todos los datos e información que formen parte de la ejecución del contrato, o que se hayan generado con motivo de la entrega de estos bienes o servicios, así como todos los metadatos, esquemas y, en general, todo otro dato o información necesaria para entender los referidos datos e información.