03-05-2024
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Iniciativa busca establecer una mayor y más eficiente protección de la identidad de los testigos protegidos y de los demás intervinientes del proceso

En el caso que dentro del proceso se dicte sentencia definitiva condenatoria, el Ministerio Público podrá extender la medida especial de protección durante la ejecución de la sentencia.

El 13 de noviembre ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 16416-07, proyecto de ley que modifica la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, con el fin de establecer una mayor y más eficiente protección de la identidad de los testigos protegidos y de los demás intervinientes del proceso, sobre los cuales se hayan decretado medidas especiales de protección.

Según indica el proyecto de ley, todo tipo de aportes que ayuden en el esclarecimiento de los hechos criminales y que faciliten la persecución de los delitos, tanto a las policías como a los órganos persecutores y judiciales, deben ser valorados y resguardados en cuanto al valor que en sí mismo representan para la seguridad y la paz social.

En ese sentido se señala en el proyecto de ley que una vez el Ministerio Público estimare, por las circunstancias del caso, existiere riesgo o peligro grave para la vida o la integridad física de un testigo o de otro interviniente en virtud de lo dispuesto en el artículo 30° de la ley N° 20.000, y  disponga de oficio o a petición de parte medidas especiales de protección, esta perdure invariablemente desde que se decreta hasta que la sentencia definitiva del proceso se encuentre firme o ejecutoriada, sin posibilidad de que dicha decisión sea revisada. Es más, si dentro del proceso penal se dicta sentencia definitiva condenatoria, dicha medida podría incluso extenderse durante la vigencia de la ejecución de la sentencia.

En este contexto, la nueva propuesta establece que decretada la medida de protección de identidad, ésta deberá mantenerse invariable hasta que la sentencia definitiva del proceso se encuentre firme o ejecutoriada. En contra de la resolución que decreta la medida de protección procederá recurso de apelación en ambos efectos.

Por otro lado, la iniciativa sostiene que, en el caso que dentro del proceso se dicte sentencia definitiva condenatoria, el Ministerio Público podrá extender la medida especial de protección durante la ejecución de la sentencia.

Boletín Nº 16416-07

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