19-05-2024
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Iniciativa de ley busca proteger la salud mental de estudiantes de la educación superior

Se considerará estudiante que requiere cuidados en su salud mental, todos aquellos que, según lo recomendado por un médico psiquiatra, requieren de la aplicación de medidas de flexibilidad académica.

El pasado 17 de noviembre ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 16428-04, “Proyecto de ley que protege la salud mental de estudiantes de la educación superior”.

El objetivo de esta moción es promover la buena salud mental de estudiantes de la educación superior y de todos los integrantes de sus comunidades educativas, para asegurar la conciliación entre sus responsabilidades académicas y formativas, y el bienestar personal, en concordancia con el principio de corresponsabilidad social del cuidado.

En resumen, el proyecto de ley establece medidas para resguardar la salud mental de toda la comunidad educativa, de todas las instituciones de educación superior, como la obligatoriedad de establecer una “semana de receso” por periodo académico, en las que no se pueden realizar clases ni evaluaciones, pero durante la que las dependencias de las instituciones de educación superior se mantienen abiertas y disponibles al estudiantado.

Otra medida son los “días de gracia” post feriados de semana santa y fiestas patrias, en el que no se podrán fijar evaluaciones.

Señaló además que las instituciones de educación superior propenderán a contar, dentro de sus dependencias, con el equipamiento e infraestructura adecuada para su uso por parte de estudiantes que requieren cuidados en su salud mental, y en especial, para personas con trastorno del espectro autista tales como salas con aislamiento visual y auditivo, u otros espacios que permitan el abordaje de desregulaciones emocionales y conductuales.

En otro apartado el proyecto establece derechos específicos para estudiantes que requieren cuidados en su salud mental, tales como:

1. La postergación o suspensión de los estudios o de evaluaciones, si es debidamente aconsejado por un médico psiquiatra;

2. La prioridad en la inscripción de asignaturas o la interrupción anticipada de éstas;

3. La modificación del formato de las evaluaciones, o del lugar o tiempo límite para rendirlas, resguardando siempre la calidad de la formación académica entregada.

4. La exigencia de un porcentaje menor de asistencia, entre otros.

Boletín N° 16428-04

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