25-04-2024
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Iniciativa modifica la Ley sobre Acceso a la Información Pública, con el objeto de reducir los plazos de respuesta por parte de los órganos y servicios obligados

Con esto, se pretende acotar los plazos de respuesta por parte de los organismos que se encuentran obligados por ley a brindar respuestas a las solicitudes de la sociedad civil.

El pasado 07 de noviembre ingresó al Senado el boletín Nº 15.478-06, que modifica la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, con el fin de reducir los plazos de respuesta por parte de los órganos y servicios obligados y aumentar las sanciones por su incumplimiento.

Al respecto, modifica el inciso primero del artículo 14, disminuyendo el plazo a 15 días. Por lo tanto, La autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado, requerido, deberá pronunciarse sobre la solicitud, sea entregando la información solicitada o negándose a ello, en un plazo máximo de quince días hábiles (…)”.

Asimismo, modifica el inciso segundo del mismo artículo, rebajando a 5 días. Por lo tanto, quedaría de la siguiente norma: “Este plazo podrá ser prorrogado excepcionalmente por otros cinco días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, caso en que el órgano requerido deberá comunicar al solicitante, antes del vencimiento del plazo, la prórroga y sus fundamentos.”.

Por otro lado, en cuanto a la entrega no oportunidad de la información, será sancionada con una multa de 40% a 50% de la remuneración correspondiente. Aumentando así de un 20% a un 40%.

Boletín Nº 15.478-06

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