19-05-2024
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La Adjudicación realizada por la Transporte Aéreo en Avión Ambulancia se ajustó a los principios de la licitación

El oferente acreditó que las aeronaves ofertadas contaban con la certificación validada por la Dirección de Aeronáutica Civil.

El 20 de noviembre el Tribunal de Contratación Pública en causa rol N° 127-2022 rechazó la acción de impugnación interpuesta en representación de la Sociedad Transportes Aeromédico Crítico SpA. en contra del Hospital Base Valdivia con motivo de la licitación pública denominada “Convenio Suministro de Transporte Aéreo en Avión Ambulancia para pacientes del Hospital Base Valdivia” ID 1057547-109-LQ22.

Cabe tener presente que se interpuso una demanda en contra del Hospital Base de Valdivia, en la licitación denominada “Convenio Suministro de Transporte Aéreo en Avión Ambulancia para Pacientes del Hospital Base Valdivia”, ID 1057547-109- LQ22. La impugnante señaló que dicho proceso se realizaron una serie de actos y omisiones ilegales y arbitrarios, por lo cuales viene en interponer la acción de impugnación, en particular en contra del Informe de Adjudicación y de la Resolución Exenta N° 9401, que adjudica la licitación referida, ambos actos publicados con fecha 24 de junio del año 2022.

En cuanto a la impugnación  del demandante de que la oferta del oferente adjudicado, Línea de Aero Servicios S.A., Lassa, no habría cumplido con las disposiciones de las Bases Técnicas que establecen que los aviones ofertados debían contar con Sistemas de Comunicaciones validados según la normativa vigente por la Dirección de Aeronáutica Civil, el oferente acreditó que las aeronaves ofertadas contaban con la certificación validada por la Dirección de Aeronáutica Civil, de haber cumplido con el requerimiento de las Bases Técnicas de tener un sistema de comunicaciones que permitiera la conectividad entre la aeronave y su contacto en tierra. Asimismo, acreditó mediante los certificados y Curriculum vitae correspondientes, que los profesionales que conformaban su tripulación ofertada tenían la experiencia requerida por las Bases Técnicas en el manejo de pacientes críticos y en el traslado de los mismos.

El Tribunal consideró que la entidad licitante al dictar la Resolución Exenta N° 9401 de fecha 22 de junio de 2022, no incurrió en ilegalidad y arbitrariedad, puesto que tuvo su fundamento en la propuesta efectuada por la Comisión Evaluadora en su Informe, de adjudicar a aquel oferente que había resultado ser el mejor evaluado por haber obtenido el mayor porcentaje de ponderación como resultado del proceso de evaluación realizado, conforme a los criterios y sus respectivos porcentajes de ponderación, una vez aplicada las fórmulas de cálculo y tablas de puntajes establecidas por el pliego de condiciones para calificar cada criterio.

Tribunal de Contratación Pública rol N° 127-2022

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