28-04-2024
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Las Municipalidades son las entidades que le corresponde reconsiderar la decisión de negar el otorgamiento de una patente de alcoholes al haber cambiado las circunstancias que la motivaron

Es procedente que la Municipalidad reconsidere su primitiva decisión, con el objeto de concederla en el evento de que el requirente cumpla las demás condiciones previstas en la normativa jurídica.

El 30 de octubre la Contraloría General de la República mediante el Dictamen N° E410293N23 concluyó que le corresponde que la autoridad edilicia reconsidere la decisión de negar el otorgamiento de una patente de alcoholes al haber cambiado las circunstancias que la motivaron, a fin de concederla si concurren los demás requisitos previstos en la normativa jurídica.

Cabe tener presente que la Municipalidad de San Miguel consultó si procede reconsiderar su decisión en orden a no otorgar patente de alcoholes a un solicitante que pretendía instalar un local de venta de alcohol a una distancia menor a cien metros de un establecimiento educacional, en atención a que le asisten dudas sobre la existencia de este último.

Al respecto, de acuerdo con los antecedentes entregados, la Municipalidad de San Miguel adoptó la decisión de no otorgar una patente de alcoholes a una persona que lo solicitó en el mes de febrero de 2023, sobre la base del certificado de distanciamiento para venta de alcohol emitido al efecto por la respectiva Dirección de Obras, el cual concluyó que de acuerdo con la información que registraba, existía un inmueble con permiso para el funcionamiento de un jardín infantil ubicado a menos de cien metros del lugar en el que se pretendía instalar el local para la venta de alcohol, no obstante que la patente correspondiente se pagó por última vez el año 2019.

Ahora bien, de acuerdo con lo informado con la Subsecretaría de Educación Parvularia, está no registra información acerca de un establecimiento que imparta educación parvularia en la propiedad identificada por la Municipalidad de San Miguel como ubicada a menos de cien metros del lugar en que se pretende instalar un local de venta de alcohol.

Por lo tanto, no se encontraría configurada la causal considerada por la Municipalidad de San Miguel para negar el otorgamiento de la patente de alcoholes a la persona que la solicitó en el mes de febrero de 2023. En consecuencia, es procedente que la Municipalidad reconsidere su primitiva decisión, con el objeto de concederla en el evento de que el requirente cumpla las demás condiciones previstas en la normativa jurídica.

Contraloría General de la República Dictamen N° E410293N23

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