El Alcalde de Constitución no se encontraba facultado para disponer la revocación de la licitación, por existir derechos legítimamente adquiridos por la empresa
Es procedente que la Municipalidad reconsidere su primitiva decisión, con el objeto de concederla en el evento de que el requirente cumpla las demás condiciones previstas en la normativa jurídica.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.