24-04-2024
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Ley otorga reajuste de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público

El reajuste será de 12% para los funcionarios públicos con salarios brutos menores a los $2.200.000, mientras que para quienes tengan remuneraciones superiores a esa cifra, un monto fijo de $264.000.

El 28 de diciembre el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.516 del Ministerio de Hacienda, la cual otorga el reajuste de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales.

De esta forma, la normativa establece un reajuste de 12% para los funcionarios públicos con salarios brutos menores a los $ 2.200.000, mientras que para quienes tengan remuneraciones superiores a esa cifra, recibirán un monto fijo de $ 264.000.

Además, la nueva ley regula aspectos adicionales como aguinaldos y otros beneficios. Al respecto, otorga por una sola vez un aguinaldo de Navidad, cuyo monto será de $63.062 para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de 2022 sea igual o inferior a $943.703, y de $33.358 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

En cuanto al aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2023, la normativa concede, por una sola vez, a los trabajadores que al 31 de agosto del año 2023 desempeñen cargos de planta o a contrato en las entidades a que se refiere el artículo 2 y a los trabajadores a que se refieren los artículo 3, 5 y 6. El monto del aguinaldo será de $81.196 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2023 sea igual o inferior a $943.703, y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

Respecto de aguinaldos para pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, la presente ley establece un aguinaldo de Fiestas Patrias por un monto de $ 23.261 e incremento por cargas familiares de $11.933, beneficiando a 2.903.595 pensionados. Asimismo, un Aguinaldo de Navidad por un monto de $26.734 e incremento por cargas familiares de $15.104, beneficiando a 2.945.552 pensionados.

También la ley otorga un bono de vacaciones no imponible, que no constituirá renta para ningún efecto legal, que se pagará a más tardar en el mes de enero de 2023 y cuyo monto será de $100.000 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 2022 sea igual o inferior a $943.703 y de $50.000 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de una remuneración bruta de $3.125.052.

Además, concede un Bono de Escolaridad, no imponible ni tributable, por cada hijo de entre cuatro y veinticuatro años de edad. El monto del bono ascenderá a la suma de $78.966, el que será pagado en 2 cuotas iguales de $39.483 cada una; la primera en marzo y la segunda en junio del año 2023.

Por otro lado, se faculta a los sostenedores de establecimientos educacionales que cuenten con saldos en la Subvención Escolar Preferencial a destinar el uso de estos recursos para el desarrollo de planes y acciones que tengan por objeto la revinculación o continuidad de trayectoria educativa de estudiantes con riesgo o en situación de abandono educativo durante el año 2022.

Ley Nº 21.516

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