26-04-2024
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Menores de edad que hayan perdido a sus cuidadores legales por la pandemia recibirán pensión de gracia

La nueva legislación también incluye a personas de hasta 24 años que sean estudiantes regulares.

El Diario Oficial publicó este 11 de febrero la Ley 21.424 que incorpora como beneficiarios de pensiones de gracia referida en la Ley 18.056, a los menores de edad y personas hasta 24 años que se mantengan como estudiantes regulares, que hayan sufrido el fallecimiento de sus cuidadores legales producto de la pandemia del Covid-19.

La ley, que fue iniciada por moción por los  senadores Rabindranath Quinteros, Ximena Rincón, Carlos Bianchi, Alfonso De Urresti y Álvaro Elizalde, agrega un artículo transitorio nuevo a la ley Nº 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República.

La nueva legislación indica que la pensión de gracia se podrá compatibiliza con los demás beneficios de prestación de seguridad social que reciba del Estado.

El artículo señala lo siguiente:

“Artículo transitorio.- Podrán invocar la causal contenida en la letra b) del artículo 2º, durante el año 2022, los menores de edad o las personas hasta los 24 años de edad si se mantienen como estudiantes regulares, en cualquier nivel, en instituciones o establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, cuyos cuidadores legales hayan fallecido por causa del COVID-19, a contar de marzo de 2020, de acuerdo a la forma y condiciones que establezca un decreto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, suscrito además por los Ministerios de Hacienda, de Desarrollo Social y Familia y de Salud.

El otorgamiento de este beneficio no será incompatible con ningún otro beneficio o prestación de seguridad social.”.

Ley 21.424

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