18-04-2024
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Mensaje Presidencial crea el Ministerio de Seguridad Pública

De este nuevo Ministerio dependerán jerárquicamente las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

El pasado 27 de septiembre ingresó al Senado el Mensaje presidencial boletín N° 14.614-07, que Crea el Ministerio de Seguridad Pública.

El proyecto contempla la creación del Ministerio de Seguridad Pública como la Secretaría de Estado encargada de colaborar directamente con el Presidente de la República en asuntos relativos a la seguridad multidimensional y resguardo de la seguridad pública. Por lo que concentrará la decisión política, encargándose a su vez del diseño y la evaluación de políticas, planes y programas en lo relativo a la seguridad pública, el orden público y el resguardo fronterizo, incluyendo la prevención, persecución y control de los delitos, que le corresponda conforme a las leyes. Asimismo, el proyecto señala expresamente que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependerán jerárquicamente de esta cartera de Estado y se regirán por sus respectivas leyes orgánicas.

Dentro de sus funciones, el Ministerio de Seguridad Pública deberá: Diseñar y evaluar las políticas y planes multidimensionales sobre seguridad pública; Diseñar y evaluar las políticas y planes sobre mantención y control del orden público a nivel nacional, regional y comunal; Diseñar y evaluar las políticas de prevención, control y la persecución contra la delincuencia organizada; Diseñar y evaluar las políticas de resguardo fronterizo para evitar la comisión de delitos en o a través de las fronteras de nuestro país; Diseñar y evaluar las políticas de ciberseguridad, particularmente en lo relativo a la prevención, detección, neutralización de amenazas en el ciberespacio que pretendan dañar sistemas informáticos o acceder ilegítimamente a ellos, entre otras funciones.

De igual forma, el nuevo Ministerio deberá informar de manera semestral a las comisiones encargadas de la seguridad  pública del Senado y de la Cámara de Diputados, acerca de los avances en la implementación y los resultados parciales de los avances en la implementación y los resultados parciales de los objetivos que se hayan fijado en materia de seguridad pública y orden público, y de las tareas de coordinación en la ejecución de planes y programas que desarrollen los demás Ministerios y Servicios Públicos en materia resguardo fronterizo, prevención, rehabilitación y reinserción social, dentro del marco de la Política Nacional de Seguridad Pública.

Contemplando de igual forma la existencia de un Consejo Nacional de Seguridad Pública, el que tendrá el carácter de consultivo y asesorará al Ministro de Seguridad Pública en la elaboración de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. Consejo que será presidido por el Ministro de Seguridad Pública e integrado por el Ministro del Interior; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Defensa Nacional; el Ministro de Hacienda; el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; el Ministro de Economía, Fomento y Turismo; el General Director de Carabineros de Chile; el Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, el Director Nacional de Gendarmería, y los presidentes de las asociaciones de municipalidades que se defina pertinente invitar.

Finalmente, el mensaje presidencial establece la organización interna del Ministerio, quien contará con una Subsecretaría de Seguridad Pública y una Subsecretaría de Prevención del Delito, señalando además que se desconcentrará mediante secretarías regionales ministeriales de Seguridad Pública, las que dependerán jerárquica y administrativamente de la Subsecretaría de Prevención del Delito.

Boletín N° 14.614-07

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