06-05-2024
HomeNormativaNueva legislación evita caducidad de inscripción de pescadores en Registro Pesquero producto de marejadas

Nueva legislación evita caducidad de inscripción de pescadores en Registro Pesquero producto de marejadas

Las marejadas serán consideradas fuerza mayor, lo que se acredita con un certificado de la Autoridad Marítima.

Este 10 de mayo, en el Diario Oficial se publicó la Ley N° 21.437 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que modifica la Ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de considerar las marejadas como fuerza mayor para evitar la caducidad de la inscripción de los pescadores artesanales en el registro respectivo.

Con esto, se genera un resguardo legal para que los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal, no sean sacados de este catastro mientras existan circunstancias naturales como las marejadas, que limitan las actividades propias de este rubro.

La nueva ley señala que si por efecto de las marejadas o de cualquier otro fenómeno climático que se produzca en el mar, se causare el varado de algas, las medidas de administración que hayan sido dictadas respecto de dichos recursos podrán contemplar excepciones respecto de las vedas o cuotas sobre ellos.

Además, indica que “se considerarán caso fortuito o fuerza mayor las marejadas que hayan impedido la actividad extractiva”.

Para acreditar lo anterior, se deberá contar con un certificado de la Autoridad Marítima que dé cuenta del cierre de los puertos de la región por ese motivo, por el plazo que dicha circunstancia se haya producido, según postula la legislación.

Este proyecto de ley fue iniciado en moción por los exdiputados Marcela Hernando, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, Iván Flores, Iván Fuentes, René García, Juan Enrique Morano, Daniel Núñez, Jorge Ulloa y Clemira Pacheco, y del actual diputado Bernardo Berger.

Ley N° 21.437 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación