26-04-2024
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Nueva Ley crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil

El Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil será un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la supervisión del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos.

El 12 de enero el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.527 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la Ley Nº 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y otras normas que indica.

La ley establece que el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil será un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la supervisión del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Además, se regirá por el Sistema de Alta Dirección Pública establecido en la Ley Nº 19.882 y, para todos los efectos, tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago.

El objeto del Servicio será hacerse responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la Ley Nº 20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia.

Asimismo, deberá garantizar, dentro del ámbito de su competencia, y conforme a sus atribuciones y medios, el pleno respeto de los derechos humanos de sus sujetos de atención, reconocidos en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y en los demás tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes y en la legislación nacional dictada conforme a tales normas.

Por otro lado, el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, en cumplimiento de su objeto, proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, directamente o a través de organismos acreditados, en conformidad a lo dispuesto por la ley N° 20.084.

Entre los principios rectores que destaca la ley se encuentra el Interés Superior del adolescente, el principio de especialización, como también el de orientación de la gestión hacia el sujeto de atención, entre otros.

En cuanto a las funciones del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, se establece la administración y supervisión del sistema para la ejecución efectiva de las medidas y sanciones aplicadas a sujetos de atención en virtud de la Ley Nº 20.084.

También, el ejecutar, directamente o a través de organismos acreditados las medidas y sanciones aplicadas a los sujetos de atención en conformidad a la Ley Nº 20.084, conforme al modelo de intervención a que se refiere el Título II de la presente ley.

Una tercera función es proveer de programas especializados para el cumplimiento de las medidas y sanciones de la Ley Nº 20.084, entre otras materias.

Ley Nº 21.527

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