19-04-2024
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Nueva ley faculta a DICREP para condonar créditos pignoraticios entre 2020 y 2022

Así, se busca resguardar el patrimonio de los usuarios, para que puedan seguir accediendo al sistema de créditos sociales.

Este 19 de agosto, el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.471 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que modifica el Decreto con Fuerza de Ley Nº16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de facultar temporalmente al Director(a) General del Crédito Prendario para condonar intereses moratorios de créditos pignoraticios que se hubieren devengado durante el período que indica.

Con esto, se busca resguardar el patrimonio de los usuarios y usuarias, permitiéndoles recuperar sus bienes y seguir accediendo al sistema de créditos sociales.

En definitiva, la ley señala que se faculta al Director o a la Directora General del Crédito Prendario para condonar los intereses moratorios de los créditos pignoraticios otorgados por la Dirección General del Crédito Prendario, que se hubieren devengado durante el periodo comprendido entre el 25 de marzo del año 2020 y el 31 de marzo del año 2022.

Para dichos efectos, el Director o la Directora General del Crédito Prendario deberá establecer un procedimiento para la condonación, mediante resolución exenta con autorización del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en un plazo no mayor a quince días desde la publicación de la presente ley.

Finalmente, se postula que el o la empeñante deberá solicitar la condonación mediante una solicitud escrita, acompañada del pago o reliquidación de su deuda, dentro del plazo de seis meses contado desde la dictación de la resolución exenta señalada anteriormente.

Ley N° 21.471 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

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