23-04-2024
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Nuevo decreto modifica Reglamento que fija la Política Nacional sobre Zonas Rezagadas en Materia Social

Con esto, se modifica el plazo de ejecución en las regiones del Maule, Coquimbo, Biobío y Ñuble.

El 22 de agosto, el Diario Oficial publicó el Decreto Nº 225 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el que se modifica el Reglamento que fija la Política Nacional sobre Zonas Rezagadas en Materia Social, mediante el Decreto Supremo Nº 975, el cual tiene por objeto lograr igualdad de oportunidades entre las personas, independiente del lugar que habitan, para focalizar los recursos en esos territorios que presentan mayores desigualdades en materia de desarrollo social en un plazo máximo de diez años.

Ante esto, el Decreto en el artículo 1º agrega un inciso final a la disposición segunda transitoria, donde señala que las carteras que forman parte de los planes vigentes de las regiones del Maule, Coquimbo y del Biobío, tendrán un plazo de ejecución que no podrá exceder los diez años. Asimismo, se incluyen en la regla los Territorios Rezagados de la Región del Biobío que pasaron actualmente a formar parte de la Región del Ñuble.

Esto, para asegurar que dichos territorios alcancen un mejor desarrollo en comparación con el resto de la región, todo mediante un trabajo conjunto entre los servicios públicos y actores del sector privado. Lo anterior buscar responder también a los efectos derivados de la crisis sanitaria del COVID-19 en el país, dificultades en la materialización de proyectos ante el aumento del costo de materiales de construcción y la falta de mano de obra en los territorios, lo que ha producido un retraso en la programación y estructura en las carteras de iniciativas de inversión que contienen dichos planes.

Decreto Nº 225 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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