25-04-2024
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Proyecto de ley busca agravar las penas delitos cometidos durante estado de excepción constitucional

Se establece como agravante el haber cometido el delito durante la vigencia de un estado de excepción constitucional o de una medida de la autoridad sanitaria producto de una emergencia.

Con fecha 20 de mayo ingresó al Senado el proyecto de ley, boletín N° 13.525-07, que modifica el Código Penal para agravar las penas de delitos cometidos durante estados de excepción constitucional o de una medida de la autoridad sanitaria producto de una emergencia y enmienda el tratamiento procesal del robo con violencia o intimidación en las personas.

En el proyecto de ley se consagra la modificación de dos de los artículos del cuerpo normativo del Código Penal, estos son el artículo 12 en el que se consagran las circunstancias agravantes de la responsabilidad penal y el artículo 433 que regula el robo con violencia o intimidación en las personas.

En el artículo 12, dicho proyecto de ley, agrega un nuevo inciso en el numeral 10°, en donde establece que se considerara agravante el haber cometido el delito durante la vigencia de un estado de excepción constitucional o de una medida de la autoridad sanitaria producto de una emergencia, agregando además un nuevo inciso final para el artículo, en donde se señala que cuando se incurra en esta agravante el tribunal no podrá imponer una pena mayor o menor al marco fijado por la ley, sin perjuicio de que podrán rebajar la pena cuando concurran eximentes señalados por el legislador, no pudiendo en caso alguno el hecho ser entendido exento de pena.

Por su parte el boletín busca incorporar un inciso final al artículo 433, el que señalaría que cuando el hecho sea cometido durante la vigencia de un estado de excepción constitucional, la ejecución de la pena sustitutiva prevista por la ley N° 18.216, quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado.

Boletín 13.525-07

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