19-04-2024
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Proyecto de ley busca cautelar el buen funcionamiento del mercado financiero

Entre las modificaciones, se amplían los títulos de deudas en que pueden ser invertidos los fondos de pensiones.

El 4 de junio, ingresó al Senado el mensaje presidencial, Boletín N° 13.564-05, que modifica distintas leyes con el fin de cautelar el buen funcionamiento del mercado financiero.

El proyecto contempla la modificación de cuatro cuerpos normativos. En primer lugar se propone modificar al artículo 45 del Decreto Ley N°3.500, de 1980, que establece el nuevo sistema de pensiones, con lo que se busca otorgar la posibilidad de que los recursos de un fondo de pensiones, puedan ser invertidos en títulos de deuda no inscritos, fijando como limitación que estos títulos se transen en la bolsa de valores nacional, el emisor se encuentre inscrito en el correspondiente Registro de la Comisión para el Mercado Financiero y se cumpla con las demás condiciones que la Superintendencia de Pensiones establezca. Asimismo, se propone aumentar a un 20% el rango dentro del cual el Banco Central de Chile puede establecer el límite para la inversión de los Fondos de Pensiones en activos alternativos.

En segundo lugar, se propone modificar al decreto con fuerza de ley N° 251, de 1931, del Ministerio de Hacienda, sobre Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, señalando que las compañías no podrán efectuar disminuciones de capital ni distribuir dividendos sin haber cumplido los requerimientos patrimoniales y de solvencia establecidos por ley. Otorga flexibilidad a la Comisión para el Mercado Financiero para determinar el límite máximo de endeudamiento financiero, el que no podrá ser inferior a una vez el patrimonio, además modifica normas relativas a los respaldos que deberán tener ciertas inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo y finalmente modifica las normas aplicables para el tratamiento de excesos, en caso de que se superen los límites establecidos para las inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo.

Finalmente, se propone modificar a la ley N° 18.045, que regula el Mercado de Valores y a la ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas. Casos en que se pretende acelerar los procedimientos contemplados para la ejecución de las formas de financiamiento a través de procesos de emisión de títulos de deuda en el mercado de valores y, si así lo estiman la posterior conservación de tales títulos en acciones.

Boletín N° 13.564-05

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