25-04-2024
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Proyecto de ley busca regular los Servicios Sanitarios Rurales, con la finalidad de flexibilizar sus requisitos y plazos de implementación

Con esto, se elimina el llamado a licitación de las licencias por parte del Ministerio de Obras Públicas, considerando a operadores que no se hayan registrado oportunamente.

El 27 de agosto ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 15.364-09, proyecto de ley que busca modificar la ley 20.998 y regular los Servicios Sanitarios Rurales, con el objeto de flexibilizar sus requisitos y plazos de implementación.

El proyecto, dentro de sus objetivos, busca flexibilizar los requisitos y exigencias estipulados en la ley Nº 20.998, en atención a la realidad actual de los comités y cooperativas de los servicios sanitarios rurales. Por tanto, se elimina el llamado a licitación de las licencias por parte del Ministerio de Obras Públicas, considerando a aquellos operadores que no se hayan registrado oportunamente.

Asimismo, se va a permitir la notificación por correo electrónico para agilizar las comunicaciones y el procedimiento. En cuanto a los comités y cooperativas que estén registradas, tendrán preferencia en la inversión pública y subsidios, contando con la información indispensable para cumplir esos fines.

Respecto a la modificación de plazos, la normativa ha estimado extenderlo a contar del 20 de noviembre del 2022, en dos años para que los comités y cooperativas puedan registrarse en el Registro de Operadores. Para tener un orden y facilitar los registros, se faculta a la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales de ejecutar las inscripciones lo más pronto posible, y notificar a los operadores para que puedan manifestar su aceptación o disconformidad.

Además, en el artículo séptimo transitorio, se establece la obligación por parte de la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales de proceder con un proceso de capacitación y acompañamiento a los comités y cooperativas, con el fin de mejorar en el proceso de implementación de la ley 20.998. Del mismo modo, se contempla la realización de capacitaciones de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en las materias que sean de su competencia y en coordinación con la Subdirección.

Finalmente, se prorroga el plazo de elecciones del Consejo Consultivo Nacional, la implementación progresiva de los Consejos Consultivos Regionales, y la prorrogación del rol de la fiscalización de la Superintendencia, en proporción a segmentos.

Boletín Nº 15.364-09

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