03-05-2024
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Proyecto de ley modifica el Código de Aguas en materia de protección de capacitaciones de agua

Tiene como objetivo fortalecer las medidas existentes y agregar nuevas de protección en torno a pozos de captación de aguas subterráneas.

El 06 de junio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 15.996-33, proyecto de ley que modifica el Código de Aguas en materia de protección de capacitaciones de agua, especialmente, de las con destino de consumo humano y saneamiento pertenecientes a comités o cooperativas que prestan servicios rurales.

La presente iniciativa tiene como objetivo fortalecer las medidas existentes y agregar nuevas de protección en torno a pozos de captación de aguas subterráneas, con el objetivo de resguardar, especialmente, la cantidad y calidad de agua extraída con destino de consumo humano por organizaciones comunitarias o cooperativas que prestan servicios sanitarios rurales.

El proyecto de ley, establece que la resolución que otorgue el derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas establecerá un área de influencia en torno al punto de captación que será la resultante de la superposición en plano de las áreas de protección.

Con esto, existirá un área de protección de derechos, para evitar la afectación del ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas de terceros, en la cual se prohibirá instalar obras similares, la que se constituirá como una franja paralela a la captación subterránea y en torno a ella.

En caso de que la captación sea de agua para consumo humano, el proyecto de ley establece un área de protección ambiental, donde se restringirá la instalación de actividades productivas insalubres, contaminantes o peligrosas.

Así, las restricciones dentro del área de protección ambiental se establecerán en el reglamento de Normas de Explotación y Exploración de Aguas Subterráneas del Ministerio de Obras Públicas, junto con una metodología de cálculo para las dimensiones de las áreas de protección de captaciones de aguas subterráneas en que se consideren, al menos, las características hidrogeológicas del emplazamiento de cada pozo, así como las características propias de las obras de captación, como son diámetro, profundidad y caudal extraído, el uso al que destina el recurso, los riesgos de contaminación de las aguas subterráneas y afectación de aguas superficiales.

Boletín Nº 15.996-33

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