28-03-2024
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Proyecto de ley prohíbe el tránsito de vehículos motorizados en áreas silvestres protegidas

Busca evitar los graves impactos que general al suelo, biodiversidad y diversas especies de flora y fauna.

El pasado 25 de agosto ingresó al Senado el boletín N° 14.552-12, que modifica la ley N° 18.362 con el objeto de prohibir el tránsito de vehículos motorizados en áreas silvestres protegidas.

La moción tiene por objeto establecer la prohibición de ingreso ilegal de vehículos motorizados al interior de áreas silvestres protegidas, buscando evitar los graves impactos que generan al suelo, biodiversidad y diversas especies de flora y fauna, estableciendo medidas de sanción proporcionales.

Al respecto agrega un nuevo literal n) al artículo 25 de la ley 18.362, que Crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, por medio del cual queda prohibido en el área silvestre el ingreso y utilización de vehículos motorizados de dos, tres o más ruedas, por vías no autorizadas; circular por senderos, cortafuegos o caminos no asfaltados y circular en grupo de más de 3 vehículos sin la correspondiente autorización.

Asimismo, en el caso de infracción a lo señalado anteriormente se aplicarán las multas contempladas en los artículos 484, 485 N° 4 y 486 del Código Penal.

Boletín N° 14.552-12

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