29-03-2024
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Reglamento sobre funcionamiento de la gobernanza implementada en el marco de la política de desarrollo y sostenibilidad hídrica para la Región de Valparaíso

La norma establece tres niveles de participación colaborativa: nivel político-estratégico, nivel técnico-estratégico y nivel técnico-operativo.

El 28 de enero se publicó en el Diario Oficial la resolución N° 79 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento sobre constitución y funcionamiento de la gobernanza implementada en el marco de la política de desarrollo y sostenibilidad hídrica para la región de Valparaíso.

El reglamento tiene por objeto regular la constitución y funcionamiento de la gobernanza aprobada en el marco de la Política de Desarrollo y Sostenibilidad Hídrica para la Región de Valparaíso (en adelante Política Hídrica).

Para efectos de la presente norma, se entiende por gobernanza una especial forma de organización que se propone como objetivo el logro de una gestión integral del recurso hídrico en la Región de Valparaíso.

La norma establece tres niveles de participación colaborativa. En primer lugar, se encuentra el nivel político-estratégico, representado por un Comité Estratégico. En segundo lugar, el nivel técnico estratégico, representado por un Consejo Consultivo de Expertos. Finalmente, el nivel técnico-operativo, representado por una Secretaria Técnica e integrado por los distintos organismos públicos con competencia en la materia y las organizaciones de usuarios del agua y otras entidades con injerencia en la administración y/o gestión del recurso hídrico de la Región de Valparaíso.

El Comité Estratégico tiene como misión ser instancia consultiva para el cumplimiento de los objetivos de la Política Hídrica y de asesoramiento al Intendente en la coordinación de los distintos servicios públicos con injerencia en la materia para una correcta ejecución de la Política Hídrica. Sus funciones y composición se especifican en la norma.

A su vez el Consejo Consultivo de Experto tiene por finalidad entregar un asesoramiento científico y técnico especializado en la gestión integral de los recursos hídricos. Estará compuesto sólo por profesionales destacados o expertos en la materia, que sean investigadores y académicos que se desempeñen en las Instituciones de Educación Superior y/o en centros de investigación de la región.

La Secretaría Técnica recae en el Jefe del Departamento de Desarrollo Regional de la División de Planificación y Desarrollo del Gobierno Regional de Valparaíso. Entre sus funciones se encuentra: Realizar las citaciones a las sesiones ordinarias y extraordinarias, convocadas por las presidencias del Comité y Consejo. Generar información sistematizada sobre la ejecución de las acciones contempladas en la Política Hídrica y de aquellas que provengan del Comité, del Consejo o de organismos sectoriales con competencia en la materia. Además de desarrollar instrumentos y métricas para el seguimiento de los indicadores propuestos en la Política Hídrica y de aquellos elaborados por el Comité, el Consejo o de otros organismos sectoriales, entre otras funciones.

Resolución N° 79

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