25-04-2024
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Resolución establece el Programa de Regulación Ambiental 2022-2023

Contempla las políticas, planes e instrumentos de gestión ambiental priorizados con la indicación de actividades planificadas por el Ministerio del Medio Ambiente para ejecutarse en el bienio 2022-2023.

El 26 de octubre el Diario Oficial publicó la resolución exenta Nº 1.206 del Ministerio del Medio Ambiente, el cual establece el Programa de Regulación Ambiental 2022-2023.

Así, la resolución señala en una primera parte los criterios de sustentabilidad; estado de la situación ambiental del país y las prioridades programáticas para la gestión del cambio climático en la Estrategia Climática de Largo Plazo.

Asimismo, el documento determina los tipos de procesos, los indicadores y las metas de gestión dentro del programa. Se detallan los instrumentos de gestión ambiental, los indicadores según se trate de un instrumento nuevo o de la revisión de un instrumento existente y el resultado esperado en el bienio, y las metas respecto de cada tipo de proceso conforme a los indicadores por tipo de proceso.

Por otro lado, dentro del Programa de Regulación Ambiental, se establecen los instrumentos nuevos, cuyo proceso de declaración o dictación se planifican al inicio y tramitación del bienio 2022-2023, pero el plazo de tramitación podría exceder al referido, los instrumentos nuevos con el proceso de declaración o dictación se planifique al concluir el bienio señalado, y la revisión de los instrumentos vigentes que su proceso se planifique al iniciar y/o avanzar en el bienio, y que también su tramitación puede verse extendida en el período referido.

Respecto de los ajustes al programa de regulación y la actualización por causas sobrevinientes, se indica que podrá ser ajustado, modificado o actualizado por resolución que exprese las circunstancias que hagan necesario tal ajuste, ya sea en la reorganización de prioridades para concluir los instrumentos, además de agregar, reemplazar o fusionar instrumentos de regulación, planes y programas.

Finalmente, en cuanto a la rendición de cuentas estipulado en la resolución, una vez al año ambas Cámara del Congreso Nacional rendirán cuenta del avance del programa, en el mes de junio de cada año, respecto de los procesos ejecutados en el año calendario anterior.

Resolución exenta Nº 1.206

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