27-04-2024
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Resolución fija las reglas de funcionamiento de Oficina de Partes y Oficina de Transparencia y participación ciudadana de la Superintendencia del Medio Ambiente

La actual resolución se publicará en el Diario Oficial y en el sitio web oficial de la Superintendencia del Medio Ambiente.

El 03 de marzo el Diario Oficial publicó la Resolución exenta Nº 349 del Ministerio del Medio Ambiente, que fija las reglas de funcionamiento de oficina de partes y oficina de transparencia y participación ciudadana de la Superintendencia del Medio Ambiente, y deja sin efecto la resolución Nº 549 exenta de 2020.

La presente resolución establece que la Oficina de Partes recibirá correspondencia, en sus dependencias, de lunes a jueves entre las 9:00 y las 17:00 horas y el viernes entre 9:00 y las 16:00 horas.

Asimismo, la Oficina de Partes recibirá correspondencia por medio de correo electrónico durante las 24 horas del día, registrando como su fecha y hora de recepción aquella que su sistema de correo electrónico indique, siendo el tope horario del día en curso las 23:59 horas. El archivo ingresado por medio de correo electrónico no deberá tener un peso mayor a los 10 megabytes, debiendo ser remitido a la casilla oficinadepartes@sma.gob.cl. En el asunto deberá indicar a qué procedimiento de fiscalización, sanción o el tema de su interés sobre el cual versa.

Respecto de las denuncias, la resolución establece que se deberán completar los formularios disponibles desde la página web institucional (http://portal.sma.gob.cl/index.php/portal-ciudadano/denuncia). En caso de utilizar el formulario en PDF, deberá ser firmado, escaneado y finalmente enviado a la casilla oficinadepartes@sma.gob.cl para su ingreso. Las respuestas o comunicaciones posteriores serán enviadas al correo desde donde se remita dicha denuncia

Por otro lado, en cuanto a la Oficina de Transparencia y Participación Ciudadana, la normativa señala que se atenderá telefónicamente a los usuarios de lunes a viernes entre las 9:00 y las 13:00 horas, pudiendo comunicarse al 226171860 y 226171861. Adicionalmente, los sujetos regulados podrán comunicarse a la casilla de correo electrónico snifa@sma.gob.cl y encontrar el formulario de atención en https://portal.sma.gob.cl/index.php/contactenos/.

Así, La Oficina de Transparencia y Participación Ciudadana no recibirá correspondencia, siendo canalizada toda ella por medio de la Oficina de Partes de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Resolución exenta Nº 349

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