19-04-2024
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Se aprueba reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia

El Consejo de la Sociedad Civil, estará integrado por representantes de la sociedad civil, centros de estudios, instituciones académicas y organismos internacionales.

La resolución N° 230 publicada en el Diario Oficial el 23 de octubre del Consejo para la Transparencia (CPLT), aprobó el reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia.

En su cuerpo normativo, la resolución establece que el CPLT a través de su Política de Participación Ciudadana, debe establecer mecanismos para fomentar la participación de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil de todo el país, con el propósito de fortalecer las políticas, decisiones y gestión de la Corporación, promoviendo una cultura de corresponsabilidad.

Asimismo, define como Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) aquel mecanismo de participación ciudadana establecido en la Política de Participación del Consejo. Contemplándola como una instancia de carácter consultivo, deliberativo y no vinculante, conformado de manera diversa, representativa, pluralista, paritaria y descentralizada por representantes de asociaciones sin fines de lucro, centros de estudio, instituciones académicas y/o organismos internacionales, que tengan relación con la misión del CPLT.

Entre los objetivos que tiene el Cosoc encontramos el pronunciarse, de manera deliberativa y no vinculante, en los procesos de discusión y toma de decisiones sobre el diseño, difusión y evaluación de políticas impulsadas por el CPLT, considerando la visión de las organizaciones sociales y organismos especializados, promoviendo además el control social y la rendición de cuentas del CPLT. Se agrega como objetivo de dicho organismo velar por el cumplimiento de los principios establecidos en la Política de Participación Ciudadana del CPLT, entre otros.

En cuanto a su integración, la resolución establece que el Consejo de la Sociedad Civil, estará conformado por 11 representantes de la sociedad civil, centros de estudios, instituciones académicas y organismos internacionales que tengan representación y agencias en el país, quienes no recibirán remuneración alguna por su desempeño, y permanecerán en sus cargos por un período de 18 meses, pudiendo ser reelectos, solo por una vez.

El Cosoc se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias, en la ciudad de Santiago, en las dependencias del CPLT. La participación puede ser presencial o remota por medio de un sistema de videoconferencia.

Resolución N° 230

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