Corte remarcó que están afectos al trámite de toma de razón los decretos y resoluciones que se dicten sobre aplicación de medidas disciplinarias expulsivas.
Son manifiestas las vulneraciones a los principios de Derecho Administrativo que se producen con la dilación indebida e injustificada de su conclusión.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.