En el corte por no pago existió una actuación arbitraria e ilegal, ya que son bienes que sirven directamente para proveer del recurso hídrico, ejerciendo los recurridos actos de auto tutela.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.