Se establece la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado cuando, con motivo u ocasión del robo, se cometiere, además, homicidio, violación o secuestro de menores de edad.
Corte Suprema señaló que los actos intermedios o de mero tramite no son objeto de la acción de protección, sino que pueden ser impugnados por las vías administrativas pertinentes.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.