El derecho de propiedad no resulta ser una cuestión susceptible de ser dilucidada por la vía de protección ya que se asienta sobre antecedentes debatidos.
La flexibilización de sus procedimientos con la finalidad de una pronta y oportuna atención de los afectados por la catástrofe, no implica la inobservancia en la función pública de las normas de control interno en sus actuaciones y el debido resguardo del patrimonio público.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.