El artículo 57 del Código del Trabajo, dicha disposición no impide el embargo de remuneraciones de manera absoluta, sino que reconoce un monto a partir del cual es posible decretarlo.
La Corte Suprema rechazó recurso de queja de Auto Summit Chile S.A. Las fallas se presentaron durante la garantía legal y la empresa no demostró que fueran imputables al consumidor o a un tercero.