Además, la recurrida deberá proceder al pago de todas las remuneraciones y estipendios correspondientes, debidamente reajustados, entre la fecha de la separación y la de su efectivo reingreso.
La toma de posesión material constituye una actuación de carácter jurídico y no fáctico, de modo que se verifica a partir de la resolución que la autoriza y no desde que se práctica efectivamente.
Sin perjuicio estimó que correspondía el retiro temporal del Carabinero, ya que luego de los exámenes de rigor, se estableció por autoridad competente que su salud no es apta para el servicio en la institución.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.