La Tercera Sala confirmó que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar decisiones del Ejecutivo fundadas en potestades legales, al confirmar la inadmisibilidad decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
La Corte Suprema concluye que los signos enfrentados distinguen coberturas relacionadas y presentan semejanzas fonéticas y gráficas determinantes, al coincidir en el segmento “UBER” como elemento central, lo que impide una coexistencia pacífica en el mercado y puede inducir a error al consumidor.
El evento se realizará el viernes 16 de enero, de 15:20 a 17:20 horas, en el Auditorio de Postgrado, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Campus Talca.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.