La Tercera Sala confirmó que la autoridad no incurre en ilegalidad cuando exige el cumplimiento estricto de los requisitos legales para acceder a la residencia definitiva.
El reposo que emana de las licencias prescritas en beneficio de la actora no se encontraba justificado, según se concluyó por el peritaje realizado y fue confirmado por la COMPIN al revisar el caso.
La iniciativa reúne a destacados académicos de diversas universidades del país para impulsar investigación, formación y reflexión crítica sobre el sistema tributario y fiscal, con una mirada plural, inclusiva y comparada. A inicios de noviembre se crea Academia de Estudios Fiscales, la cual surge como un espacio plural, inclusivo y riguroso, orientado a promover la reflexión crítica, el debate informado y la generación de conocimiento en torno al sistema tributario y fiscal. Su propósito es fortalecer esta disciplina mediante la investigación, la difusión especializada y la formación de nuevas generaciones de investigadoras e investigadores. Entre sus objetivos destacan fomentar estudios avanzados en materia tributaria y fiscal; promover la creación y divulgación de contenidos académicos; y generar espacios de diálogo sobre los fundamentos, desafíos y evolución del sistema impositivo, tanto en Chile como en el ámbito comparado. La Academia se conforma por académicas y académicos de diversas universidades y disciplinas vinculadas al ámbito tributario y fiscal, manteniendo además una relación fluida con especialistas, centros de estudio y universidades extranjeras, con el fin de impulsar una mirada global y actualizada. Su Directorio está integrado por destacados académicos: Jorge Espinosa Sepúlveda, quien preside la entidad; Sergio Alburquenque Lillo, vicepresidente; Rodrigo Rojas Palma, secretario; Matías Pascuali Tello, tesorero; y Sergio Endress Gómez, director. La creación de la Academia de Estudios Fiscales marca un nuevo hito en el fortalecimiento del debate tributario en Chile, buscando aportar de manera sustantiva a la formación, la investigación y la discusión pública en una materia clave para el desarrollo del país.
La normativa impone a las instituciones de educación superior deberes específicos de no discriminación, suspensión justificada de estudios y flexibilización académica para estudiantes cuidadores.
La Ley N° 21.789 incorpora al Código del Trabajo un contrato especial para el buceo industrial y actividades conexas, fijando nuevas obligaciones para empleadores y empresas principales en materia de seguridad, registro y responsabilidad.
La Corte Suprema acogió una solicitud contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel y estableció que la anotación de una compraventa en el Repertorio gozaba de preferencia frente a un embargo anotado posteriormente. La inscripción deberá practicarse siempre que se acredite el pago de contribuciones.
La prohibición del artículo 304 inciso 3° opera cuando más del 50% del presupuesto de una entidad ha sido financiado por el Estado en cualquiera de los dos últimos años calendario, sin que se exija que ese financiamiento esté establecido nominativamente en la Ley de Presupuestos.
El Código del Trabajo resulta aplicable cuando una persona contratada a honorarios por la Administración presta servicios fuera del marco legal especial y concurren subordinación y dependencia.