27-11-2024
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Universidad deberá permitir a la recurrente inscribir las asignaturas pertinentes

La recurrida ha condicionado la prosecución de la carrera profesional de la actora al cumplimiento de obligaciones que exceden lo académico y cuya satisfacción debe procurarse por medios legítimos.

El 25 de septiembre la Corte de Apelaciones de Valdivia en causa rol N° 2261-2024 acogió la acción de protección interpuesta en contra de la Universidad Santo Tomás, disponiendo que esta última deberá permitir a la recurrente inscribir las asignaturas pertinentes, conforme al avance académico que ha alcanzado en sus años de estudio, sin que pueda impedirlo justificada en la existencia de obligaciones económicas pendientes de pago.

Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección en contra de la Universidad Santo Tomás, debido a que esta ha impedido la inscripción de ramos para el segundo semestre 2024 de la carrera de derecho, que cursa en dicha universidad, acto que estima ilegal y arbitrario, por transgredir lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº21.091, sobre Educación Superior, y 3 y 4 de Ley Nº 20.370, Ley General de Educación.

La Corte de Apelaciones acogió la acción en los términos indicados previamente, toda vez que la recurrida ha condicionado la prosecución de la carrera profesional de la actora al cumplimiento de obligaciones que exceden lo académico y cuya satisfacción debe procurarse por medios legítimos, lo que constituye un acto de autotutela y, por lo tanto, ilegal, en cuanto proscritos por nuestro ordenamiento jurídico, además de arbitrario, pues carece de fundamento racional y de proporcionalidad y se apoya solo en la voluntad inconsulta de su ejecutora.

Indicó que si bien existe un contrato de prestación de servicios educacionales, del cual emanan derechos y obligaciones para ambas partes, la forma ajustada al ordenamiento jurídico de solicitar el cumplimiento de aquellas es a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes o mediante el ejercicio pactado de vías legítimas de cobro extrajudicial.

Corte de Apelaciones de Valdivia

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