16-01-2025
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Corte invalidó juicio por infracción al principio de razón suficiente en causa por robo en lugar habitado

El tribunal no desarrolló por que afirma que no existe otra “explicación lógica”, sobre todo si se considera que por un lado el tribunal dio por cierto que los moradores habían dejado todas las ventanas y puertas cerradas y por otro, que  no había signos de fuerza en la ventana por la que se supone que entró el acusado.

El 27 de diciembre la Corte de Apelaciones de Chillán en causa rol N° 977-2024 acogió el recurso de nulidad interpuesta por la defensa del condenado, invalidando tanto el juicio como la sentencia definitiva, reponiéndose la causa al estado de verificarse una nueva audiencia de juicio, ante jueces no inhabilitados.

Cabe tener presente que el Tribunal de Juicio Oral de Chillán condenó a un imputado por el delito consumado de robo en lugar habitado o destinado a la habitación previsto y sancionado en los artículos 4 y 44 N° 1 del Código  Penal, cometido el día 19 de febrero de 2024, en la comuna de San Fabián, a la pena de 5  años y un 1 día, de presidio mayor en su grado mínimo y a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. No se le concedió al sentenciado ninguna pena sustitutiva de la privativa de libertad, debiendo cumplir efectivamente la pena impuesta.

En contra de esa sentencia la defensa del condenado interpuso un recurso de nulidad, el cual fue acogido en los términos indicados anteriormente. Indicando que la sentencia infringe el principio de razón suficiente, toda vez que no contiene una exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieron o no por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, ni explica de manera suficiente las razones que conducen a los jueces a descartar las alegaciones de la defensa, a lo que el Tribunal está obligado por mandato legal.

Al respecto, en cuanto a la vía de ingreso el tribunal concluye que el acusado ingresó por la ventana de la cocina a sustraer las especies “pues, no existe otra explicación lógica de que ellas, encontrándose en la cocina, aparezcan en poder de otra persona, a varios á metros de distancia.”,  sin embargo, el tribunal no desarrolló por que afirma que no existe otra “explicación lógica”, sobre todo si se considera que por un lado el tribunal dio por cierto que los moradores habían dejado todas las ventanas y puertas cerradas y por otro, que  no había signos de fuerza en la ventana por la que se supone que entró el acusado.

Corte de Apelaciones de Chillán

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