Ley incorpora a Gendarmería a las Fuerzas de Orden y Seguridad

normativa

Categoría: normativa

Comparte:

El Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que cree un servicio especializado en la reinserción social.

El 16 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.810 la cual incorpora a Gendarmería de Chile dentro de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, mediante modificaciones a los artículos 57, 101, 102 y 105 de la Constitución Política de la República. El texto también agrega disposiciones transitorias para la implementación del cambio.

La reforma aborda un ajuste orgánico e institucional de rango constitucional. El texto no solo incorpora a Gendarmería en la arquitectura de seguridad pública, sino que además ordena al Presidente de la República enviar, dentro de doce meses desde la publicación, un proyecto de ley para crear un servicio especializado en reinserción social y uno o más proyectos para adecuar la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública, y la Ley Orgánica de Gendarmería contenida en el decreto ley N° 2.859, de 1979.

El contenido principal de la reforma puede leerse en tres planos. Primero, incorpora expresamente al Director Nacional de Gendarmería de Chile en el numeral 10 del artículo 57 de la Constitución, junto con ajustar el inciso segundo del artículo 101 para agregar a Gendarmería de Chile dentro de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Segundo, modifica el artículo 102 para incluir a Gendarmería en la regla según la cual las fuerzas dependientes de los ministerios competentes son obedientes y no deliberantes, y ajusta también el artículo 105 para extender esa referencia constitucional a Gendarmería.

Tercero, establece un régimen transitorio que mantiene en Gendarmería la función de reinserción social mientras no se cree el servicio especializado respectivo ni se adecuen las normas legales vigentes.

Ley N° 21.810

También te puede interesar

jurisprudencia